AFECTADOS POR BAJANTE DEL RÍO PARANÁ

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo para que las y los contribuyentes de las zonas afectadas por la bajante del río Paraná puedan acceder a beneficios fiscales. La decisión del organismo implementa la prórroga por 90 días del estado de emergencia hídrica establecido por el Decreto 118/2022.   

 

La medida fue implementada a través de la Resolución General 5171/2022, que se publicará este miércoles en el Boletín Oficial. Los vencimientos y pagos de las declaraciones juradas fijados entre el 27 de julio de 2021 y el 30 de abril de 2022 se considerarán cumplidos en término siempre que se efectivicen hasta las fechas que se indican a continuación:

OBLIGACIONES VENCIDAS

FECHA DE VENCIMIENTO

Del 27 de julio al 31 de agosto de 2021

24 de febrero de 2022

Del 1 al 30 de septiembre de 2021

24 de marzo de 2022

Del 1 al 31 de octubre de 2021

25 de abril de 2022

Del 1 al 30 de noviembre de 2021

24 de mayo de 2022

Del 1 al 31 de diciembre de 2021

24 de junio de 2022

Del 1 al 31 de enero de 2022

25 de julio de 2022

Del 1 al 28 de febrero de 2022

24 de agosto de 2022

Del 1 al 31 de marzo de 2022

26 de septiembre de 2022

Del 1 al 30 de abril de 2022

24 de octubre de 2022

El nuevo plazo alcanza a 169 localidades establecidas por el Consejo Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil. En el micrositio denominado “Emergencia Hídrica” www.afip.gob.ar/emergencia-hidrica se detallan las localidades comprendidas.

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