La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el pedido judicial de la cadena Farmacity para ubicarse en la provincia de Buenos Aires, asentando las sentencias judiciales anteriores y apoyando la legislación en territorio bonaerense que impide este tipo de operatorias “basándose en principios de salud pública, ampliando la protección de los pacientes”.
Farmacity S.A. promovía una demanda contra la Provincia de Buenos Aires para cambiar las constantes denegatorias a la empresa para actuar en el ámbito provincial y poner en funcionamiento una farmacia en la localidad de Pilar.
El fallo del máximo tribunal fue realizado con el voto de los jueces Elena Highton de Nolasco, Ricardo Lorenzetti y Martín Irurzun, mientras que la jueza Mirta Gladis Sotelo de Andreu votó en disidencia. Cabe evocar que para este caso, los jueces Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti se excusaron de intervenir, mientras que Juan Carlos Maqueda no votó.