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EL AGUINALDO

Se viene la primera cuota del aguinaldo, que en el recibo de sueldo se podrá ver como Sueldo Anual Complementario (SAC). Según la Ley de Contrato de Trabajo, las empresas tienen tiempo para darlo hasta el 30 de junio inclusive, mientras que a fin de año tienen tiempo hasta el 18 de diciembre. 

 

Es uno de los bonos más esperados por los trabajadores en relación de dependencia, ya que es un aporte económico extra. Ambos, tanto el de junio como el de diciembre, corresponden al 50% de la mayor remuneración mensual obtenida de cada etapa correspondiente: de enero a junio se tiene en cuenta el mejor salario para la primera cuota y de julio a diciembre para la segunda cuota. 

 
"Si durante el semestre la trabajadora no trabajó todos los meses (ya sea porque empezó a trabajar recientemente o porque se extinguió el contrato) hay que pagar el proporcional a los meses trabajados", señala el Gobierno en su página web.

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