ELECCIONES NACIONALES

En Argentina, realizar el sufragio se considera un deber cívico obligatorio, y en este contexto surge la pregunta: ¿Qué sucede si un ciudadano no cumple con esta responsabilidad? Aquellos que no den su voto enfrentarán multas estipuladas por la legislación argentina.

 

Por lo tanto, es crucial conocer las implicaciones y los montos de estas multas con el objetivo de fomentar la participación activa y el cumplimiento de este deber ciudadano en las PASO.

Quienes no voten deberán justificar su ausencia ante la Justicia Nacional Electoral, y en caso de no tener una razón se deberá pagar una multa y la persona ingresará al Registro de Infractores. 

Los valores de estas multas van de los $50 a $500 a aquellas personas mayores de 18 años y menores de 70. Además, quienes no pagen la multa no podrán hacer trámites o gestiones ante organismos nacionales y provinciales durante un año. 

¿Quiénes no están obligados a votar?

La Ley de Ciudadanía Argentina 26.674 explica que existen ocho condiciones que permiten a una persona no votar. 

Mayores de 16 y menores de 18

Mayores de 70

Jueces y auxiliares que el día de los comicios presten servicios

Las personas que se encuentren a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde deben votar y justifiquen su alejamiento. 

Enfermos o imposibilitados que puedan demostrar su condición

Personas que formen parte de organismos o empresas de servicios públicos que cumplan funciones el día de la elección. 

Quienes se encuentren en el exterior.

Por otro lado, esta ley obliga a los electores entre 18 y 70 años de edad a votar. "Todo elector tiene el deber de votar en la elección nacional que se realice en su distrito", explica la Ley 26.674. 

"Son electores los argentinos nativos y por opción, desde los 16 años de edad, y los argentinos naturalizados, desde los 18 años de edad", explica la norma. 

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